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¿QUÉ ES REPSE, ICSOE, SISUB Y SIRCE?

Con la entrada en vigor de las reformas al Outsourcing de nóminas, las empresas que contraten servicios especializados deberán inscribirse en el REPSE (Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas) y presentar declaraciones informativas de dichos contratos ante el IMSS e INFONAVIT mediante sus sistemas denominados ICSOE, SISUB Y SIRCE.

R E P S E

 

REPSE significa Registro de Prestadores de Servicios Especializados y Obras Especializadas. Es una obligación legal que obliga a las empresas que prestan servicios especializados a terceros a registrarse e ingresar al Registro Público de Contratistas.

El REPSE tiene como principal objetivo identificar y regular a los responsables físicos o morales de la prestación de servicios tercerizados y velar por el cumplimiento de las obligaciones laborales, aduaneras y tributarias de dichos responsables.

REPSE se aplica a cualquier organización que preste servicios técnicos especializados o trabajos a terceros y ponga a sus empleados a disposición de contratistas para realizar trabajos en sus instalaciones.

Algunos de los requisitos para registrarse en REPSE incluyen:

  • Contar con un número de identificación fiscal (RFC) mexicano vigente.
  • Tener un registro comercial mexicano válido.
  • Proporcionar prueba de seguro de compensación para trabajadores y seguridad social.
  • Envío de un cuestionario sobre las prácticas comerciales de la empresa y el cumplimiento de las leyes laborales.

¿Qué sucede si no estoy inscrito en el REPSE?

La autoridad puede nulificar las facturas remitidas entre ambas partes, así como también dictaminar defraudación fiscal y finalmente, multas en UMA.

 

I C S O E

 

Es la herramienta electrónica denominada Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializados (ICSOE) implementada y administrada por el Instituto Mexicano del Seguro Social a través de la cual los prestadores de servicios o ejecutores de obras especializadas reportan al Instituto la información de los contratos celebrados en materia de subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obra especializada, o bien, para corregir información y en su caso dejarla sin efectos.

Su objetivo es facilitar a las persona físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas, el cumplimiento de la obligación periódica de presentar al IMSS la información de los contratos celebrados durante el cuatrimestre a reportar, la cual debe contener:

  • Datos de identificación de las partes contractuales.
  • Información del contrato y de los trabajadores con los que se le dará cumplimiento.
  • Registro emitido por la STPS para la prestación o ejecución de servicios u obra especializada.
  • El Artículo 15-A de la Ley del Seguro Social señala que, a más tardar el día 17 de los meses de enero, mayo y septiembre, se deberá proporcionar la información de los contratos celebrados durante el cuatrimestre correspondiente.
  • Es importante puntualizar que desde el momento en que a la persona física o moral le autorizan el registro ante el REPSE, adquiere la obligación de presentar la declaración informativa de contratos ante el IMSS.

 

S I S U B

 

Es el Sistema de Información de Subcontratación a través de la se reportará al INFONAVIT la información de los contratos celebrados en materia de subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obra especializada.

Su objetivo es el envío de la información de los contratos y de los trabajadores que estuvieron vinculados a esos contratos en el periodo que se reporta, es decir, se debe especificar la información relativa a las partes del contrato.

Si eres una persona física o moral que ejecuta servicios especializados o realiza obras especializadas y obtuviste el Registro del REPSE, estás obligado a presentar la informativa de contratos.

Ahora bien, por ley, todas las empresas registradas en el REPSE deben presentar de manera obligatoria y al final de cada cuatrimestre, los contratos celebrados durante el periodo inmediato vencido.

Conforme a lo que dice el artículo 29 bis de la ley del INFONAVIT, esta información se debe presentar a más tardar los días 17 de los meses que terminan en los meses de enero, mayo y septiembre.

Con el objetivo de apoyar a las empresas y personas físicas que deben cumplir con esta obligación, el INFONAVIT creo desde el 1 de septiembre del año pasado, el SISUB. Este sistema permite cargar la información que corresponde a los registros patronales vinculados y los contratos, así como las modificaciones a los mismos.

Dentro de la misma plataforma, se puede dar seguimiento a las solicitudes en línea y también recibir notificaciones a través del correo electrónico registrado. El acceso al portal del SISUB se realiza desde la web empresarios.infonavit.org.mx. Dentro de dicha página selecciona el menú «Mis trámites» y elige la opción «Sistema de Información de Subcontratación».

 

S I R C E

 

La capacitación y adiestramiento de colaboradores en el ámbito laboral es una obligación compartida entre patrón y trabajadores.

Por lo tanto, la elaboración del plan de implementación se debe formular de común acuerdo, entre el patrón, sindicato y trabajadores.

Además, cuando el trabajador apruebe los cursos de un programa de capacitación y adiestramiento, su empresa deberá proporcionarle una constancia de las habilidades laborales adquiridas.

Las empresas están obligadas a enviar la lista de las constancias expedidas a sus trabajadores a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) para su registro y control.

Para cumplir esta última obligación, la autoridad puso a disposición el Sistema de Registro de Capacitación Empresarial (SIRCE), que les permite a todas las empresas del sector productivo nacional efectuar el registro de Listas de Constancias de Competencias o Habilidades Laborales (Formato DC-3), tanto en internet como en ventanilla.

Esta obligación deriva del artículo 153-V de la Ley Federal del Trabajo y del artículo 26 fracción I del Acuerdo por el que se dan a conocer los criterios administrativos, requisitos y formatos para realizar los trámites y solicitar los servicios en materia de capacitación, adiestramiento y productividad de los trabajadores, conocido como el registro o presentación de listas de constancias (Acuse del formato DC-4).

 

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